Información sobre el reconocimiento de estudios realizados en el extranjero – Procedimientos
Definiciones sobre la visa y la convalidación de estudios.
Los extranjeros que desean cursar estudios de postgrado deben solicitar visa de estudiante haciéndose acompañar por los documentos académicos debidamente legalizados en el país de procedencia por las entidades nacionales competentes, el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Consulado Cubano ambos del país de procedencia, o en la misión diplomática cubana más cercana al lugar de residencia del interesado.
Reconocimiento de certificados de estudios. Descripción del trámite para el reconocimiento de los estudios de formación media.
La entidad gubernamental encargada de reconocer títulos o diplomas provenientes de la enseñanza media es el Ministerio de Educación (ME).
La homologación de títulos y diplomas y la convalidación de estudios de Bachillerato realizados en el extranjero se corresponden con el nivel de Educación preuniversitaria en Cuba.
Cada año escolar en la Dirección de Preuniversitario del Ministerio de Educación se tramitan más de 4000 expedientes de estudiantes extranjeros que continúan sus estudios en nuestras universidades, como parte de los convenios firmados con otros países y la colaboración que el gobierno cubano brinda, en particular a los países del tercer mundo.
Los estudiantes extranjeros o cubanos que han realizado estudios de Educación General Media Superior en el exterior y aspiren a continuar estudios en la Educación Superior en nuestro país, deben tener aprobado el último grado de la Educación General Media Superior y presentar el Título, Diploma o Certificado que se otorga en el país correspondiente, al culminar exitosamente esta Educación.
En general, para tramitar el reconocimiento o convalidación de un título, diploma o documento relativo a estudios en el extranjero, se requiere que estos estén debidamente autenticados y legalizados, tanto por la parte extranjera (centro docente, Ministerio de Educación etc.) como por la parte cubana (Embajada, Consulado, etc.) y traducido por una institución oficial.
Para más detalles: http://www.cubaeduca.rimed.cu
Reconocimiento de títulos universitarios extranjeros. Ejercicio de la profesión en el país por parte de extranjeros.
Trámites:
La persona interesada debe presentarse en el Departamento Jurídico del Ministerio de Educación Superior. Si su interés es el de ejercer su profesión, deberá demostrar su condición de residente permanente en Cuba o su permiso de trabajo en caso de extranjeros con residencia temporal.
Estos documentos son enviados a la Dirección de Formación del Profesional de dicho Ministerio para su dictamen en caso de dudas sobre la procedencia del reconocimiento que se pretenda. Posteriormente el Jefe del Departamento Jurídico, en los casos que corresponda, se pronuncia sobre la validez académica y autoriza el ejercicio de la profesión o la continuidad de estudios de posgrado. Luego realiza las anotaciones correspondientes en el libro de registro de convalidación de certificados y títulos, el cual se encuentra a su cargo.
Cuerpos competentes.
Titulo: Departamento Jurídico, Ministerio de Educación Superior
El Departamento Jurídico del Ministerio de Educación Superior de Cuba constituye el Órgano Nacional competente para el reconocimiento y convalidación de títulos o diplomas de enseñanza superior, emitidos en el exterior.
Tipo de Institución: Gubernamental
Dirección Postal: Calle 23 esq. F, Vedado, La Habana, CP. 10400
Teléfono: (537) 838 2354
email: Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Estructura Administrativa:
Director: Lic. Jorge Valdés Asán
Equipo: 2 personas
Horario de atención: de lunes a viernes de 08:30 a 17:00
Funciones: El Departamento Jurídico del Ministerio de Educación Superior de Cuba es el encargado de la tramitación de las solicitudes de convalidación de estudios, títulos y diplomas de nivel superior obtenidos en el extranjero, los que, después de un proceso de consultas con especialistas de las respectivas materias, son remitidos mediante dictamen al Jefe del Departamento Jurídico, persona encargada con la decisión de lo propuesto en el dictamen, quien se pronunciará sobre la validez del documento académico, convalidándolo o no, acorde a la legislación vigente en la República de Cuba y los Tratados de los que la misma es parte.
Titulo: Departamento Jurídico, Ministerio de Educación
El Departamento Jurídico del Ministerio de Educación constituye el Órgano Nacional competente encargado de homologar los títulos de enseñanza media y primaria, emitidos en el exterior.
Tipo de Institución: Gubernamental
Dirección Postal: Calle 17 esquina a O, Vedado. Plaza de la Revolución, La Habana.Cuba.
Teléfono: (537) 832 3376
email: juridico@mined.rimed.cu
Estructura Administrativa:
Director Jurídico: Lic. Tamara Marrero Martínez
Horario de atención: lunes, miércoles y viernes de 09:00 a 12:30 am
Sitio Oficial: http://www.cubaeduca.rimed.cu





















